EASYJET CONDENADA A DEVOLVER EL IMPORTE DE SUS BILLETES

El Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Coín (Málaga) ha condenado a la compañía aérea Easyjet a la devolución del coste de unos billetes de avión, debido a los errores que se produjeron durante la compra vía web de los mismos.

Derechos de autor:Gyrostat – CC-BY-SA 4.0

El pleito fue iniciado por un consumidor que había accedido a la página web de Easyjet con el fin de contratar unos billetes de avión para un viaje familiar. A la hora de realizar la reserva y consiguiente compra, la página web de la aerolínea se bloqueó, sin remitirle confirmación alguna de la reserva pretendida.

Una vez la página web volvió a estar operativa, le devolvió a la página de inicio, motivo por el cual, una vez constatado que la reserva no había tenido lugar dada la ausencia de comunicación alguna por parte de Easyjet, decidió proceder a la compra de los billetes por medio de otra aerolínea.

Días después, Easyjet le envió un correo electrónico con indicación de la reserva que en un principio se creyó frustrada, y poco después, procedió al cobro de los billetes contratados. Cinco días antes del vuelo la aerolínea le facilitó de nuevo por email los detalles del vuelo.

Juzgado de Coín

A la vista de los hechos, el Juzgado de Coín estimó que la aerolínea no había cumplido con las exigencias legalmente previstas para los supuestos de contratación electrónica y, por ello, Easyjet fue condenada a la devolución del coste de los billetes cobrados, así como al abono del interés legal correspondiente desde la fecha de pago. El Juzgado fundamentó su fallo en lo dispuesto en la Ley 34/2002, reguladora de los servicios de la sociedad de información y el comercio electrónico, en cuyo articulado indica que el oferente de un servicio viene obligado a confirmar la recepción de la aceptación del adherente por correo electrónico u otro medio equivalente dentro de las 24 horas siguientes a la aceptación. Como en este supuesto la confirmación de reserva no tuvo lugar hasta días después, es evidente que el comprador se vio imposibilitado para conocer la misma, motivo por el cual sus pretensiones fueron íntegramente estimadas con condena en costas a la aerolínea.

En caso de cualquier incidencia injustificada en la contratación con aerolíneas, no dude en hacer valer sus derechos. En Grupo Alega especialistas en reclamaciones frente a aerolíneas, estamos estrechamente familiarizados con este tipo de asuntos, así que no esperes más.